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“Como amazónica crecí a la orilla del río. Así como un niño de la ciudad va a jugar con su pelota al parque, yo me iba en mi balsita a bañar al río Perené; era como jugar con mi hermanito”, recuerda Ketty Marcelo, lideresa indígena asháninka, originaria de la comunidad nativa Pucharini de la región Junín en Perú.
Aunque sus hijos no tuvieron la misma suerte.
Desde el 2010, el río Perené enfrenta graves problemas de contaminación a causa de actividad minera y eléctrica, lo que ha provocado la muerte de miles de peces y desprovisto a las poblaciones de su primera fuente de agua. “Es como ver agonizar a tu hermano”, lamenta.
“¿Este río tiene derecho a vivir?” Se pregunta en voz alta, “Claro que tiene derecho a vivir, para nosotros es como un ser humano”.
Esta visión la llevó a ser parte de un movimiento de resistencia frente a la minera San Ignacio de Morococha (SIMSA), implicada en la contaminación del Perené. “Me preguntaron hasta cuándo pensaba defender esta causa y yo contesté hasta que muera”, nos dice.
En junio de este año, Marcelo se unió a otras 30 mujeres indígenas que viajaron desde diferentes regiones del Perú hacia la capital para demandar al parlamento la aprobación del Proyecto de Ley 6957, que busca el reconocimiento de la Madre Naturaleza, los ecosistemas y las especies como titulares de derechos y sujetos de protección por parte del Estado.
La propuesta, elaborada por la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP) junto a otras organizaciones e instituciones nacionales e impulsada en el parlamento por el excongresista Lenin Bazán, responde a una nueva visión sobre la naturaleza –aunque constante para los pueblos indígenas– que plantea alentar legalmente su paso de “objeto” a “sujeto”, motivada por la grave degradación de los ríos, los bosques, y la biodiversidad, que afecta y precariza las formas de vida de quienes dependen directamente de la madre naturaleza.
En su primer intento, ante el congreso saliente, el proyecto de ley fue ignorado. Ahora, con un nuevo parlamento recién instaurado a finales de julio, las promotoras del proyecto esperan que llegue al debate parlamentario. De ser aprobado, los peruanos podrían exigir legalmente la protección de los ecosistemas y buscar reparación si estos son dañados.
“Creo que el temor se debe a que esto implica un cambio de paradigma”, sostiene Melania Canales, presidenta de ONAMIAP, al explicar la oposición que algunos exlegisladores y funcionarios públicos mostraron frente a la iniciativa en su primer intento de aprobación.
A pesar de las barreras, la sola discusión del dictamen ha abierto por primera vez en Perú la posibilidad de iniciar un nuevo capítulo en su marco normativo; la misma dirección en la que Ecuador avanzó cuando en 2008 reconoció estos derechos en su Constitución Nacional, y al cual se sumaron varios ordenamientos jurídicos de países de la región, como Bolivia y Colombia. En otras partes del mundo Uganda, Nueva Zelanda, Bangladesh, India y ciertos estados de los Estados Unidos también han adoptado diferentes formas de asignación de derechos a la naturaleza. Si bien estas leyes se aplican a los ecosistemas de manera integral, a menudo han sido impulsadas por la defensa de fuentes de agua y el acceso de las comunidades a suministros de agua limpia.
De hecho, en el mismo Perú, algunas autoridades regionales han tomado estos ejemplos para otorgarle el estatus de persona jurídica a las fuentes de agua.
Desde hace casi 50 años, lotes de explotación de petróleo operan en las cuencas de los ríos Pastaza, Tigres, Corrientes, Chambira y Marañón en la Amazonía peruana. A orillas de este último, en la comunidad indígena Shapajilla, en la región Loreto, vive Mari Luz Canaquiri, líder kukama que lucha por la remediación de los sistemáticos derrames petroleros que han afectado el territorio de su comunidad.
“Nosotros no tenemos agua potable, tomamos agua del río; por eso para nosotros es muy importante cuidarlo”, señala. Pero ahora, debido al consumo de su única fuente de vida “la población sufre de enfermedades” y encuentra cada vez menos peces en sus cochas (lagunas). “Ya no hay peces para alimentar a la familia”, explica.
La afectación a sus ríos no solo ha deteriorado la salud de los pobladores, sino también su supervivencia espiritual y cultural. En la visión kukama, cuando una persona se pierde en el río y no se encuentra su rastro, significa que se convirtió en “Karuara”, y se mudó al mundo del agua. Los Karuaras habitan las profundidades del río, donde se erigen urbes completas tal y como en el mundo de la tierra.
“Cuando nosotros navegamos el río ellos nos ven, así como nosotros vemos a un avión. Y cuando hay derrames de petróleo, ellos también son afectados”, explica Canaquiri. Esta degradación, según cuenta, está causando que algunos kukama se trasladen fuera de sus territorios ancestrales. “Los ríos son más que fuente de agua, allí viven nuestros familiares perdidos, por eso no podemos permitir que los dañen”, resalta.
Junto a otras mujeres de su organización Huaynakana Kamatahuara Kana (Mujeres trabajadoras en lengua kukama), Canaquiri convocó al Instituto de Defensa Legal (IDL), una ONG peruana de asistencia jurídica que las está asesorando en la meta de presentar una demanda ante el juzgado mixto de la provincia de Nauta de Loreto para que el río Marañón y sus afluentes sean declarados sujetos de derechos y puedan ser protegidos de los embates del petróleo.
“Tomamos como ejemplo el caso del río Atrato”, señala Juan Carlos Ruiz, abogado y coordinador del área de pueblos indígenas y litigio constitucional del IDL refiriéndose al fallo de la Corte Constitucional de Colombia que en 2017 declaró, por primera vez en el país, que un río era sujeto de derechos.
En esa misma línea, plantean que la Autoridad Nacional del Agua (ANA) conforme un Consejo de Cuenca Interregional del Río Marañón, que cuente con la participación de las organizaciones indígenas de Loreto, y que les permita ejercer capacidad de decisión y ser considerados como guardianes y representantes del río y sus afluentes.
“Al advertir el nivel de contaminación, indefensión y desprotección de las fuentes de agua es que se está recurriendo a ese tipo de mecanismos”, indica Ruiz. La demanda exige el “mantenimiento al oleoducto norperuano por parte de la empresa gestora Petroperú y la actualización del instrumento de gestión ambiental para la actividad en la zona”, explica.
La vía jurisprudencial no es el único recurso para alcanzar el objetivo de proteger a la naturaleza, señala el abogado. “Existe una opción que es más política. Tenemos dos municipios en la región Puno que ya han reconocido los derechos de la naturaleza”.
En 2019, el Municipio Provincial de Melgar, al sur del Perú, se convirtió en el primer gobierno subnacional del país que reconoció a las fuentes de agua como titulares de derechos y dignos de protección al emitir una ordenanza que otorgó personería jurídica a la cuenca del Llallimayo.
“En Melgar tenemos el problema de la contaminación del río Ayaviri y la cuenca del Llallimayo, que provee agua a cuatro distritos”, explica la regidora del municipio Indira Cahuna.
Aunque la minería, indicada como la actividad extractiva causante de la contaminación, ya se detuvo, la población sigue sufriendo los estragos de los pasivos ambientales acumulados en la parte alta de la cuenca hasta el río Ayaviri.
Además de los impactos en la salud, como la detección de enfermedades relacionadas con minerales pesados en la sangre de los pobladores, los afluentes de la cuenca del Llallimayo sostienen los cultivos y producción ganadera, principal fuente de ingreso de la provincia de Melgar.
Con el impulso de la ordenanza, los representantes de Ayaviri y los otros tres distritos afectados están trabajando hacia un plan de remediación a nivel del Estado, y una estrategia para asegurar la conservación y gestión sostenible del río.
“Con esta iniciativa buscamos también establecer un precedente para las provincias vecinas y orientar una estrategia nacional”, explica la regidora. Algo que ya están consiguiendo, pues en diciembre de 2019 el Municipio Distrital de Orurillo, también en Melgar, emitió una ordenanza que reconoce a la madre agua, la Yaku Unu Mama como un ser con derechos dentro de su jurisdicción, lo que protege a toda fuente natural de agua en sus fronteras geopolíticas.
Para el abogado Juan Carlos Ruiz estas ordenanzas municipales, así como las sentencias que reconocen los derechos de la naturaleza en países vecinos auguran lo inevitable: “Tarde o temprano los derechos de la naturaleza tendrán que ser reconocidos, ya sea por vía jurisprudencial, reforma legislativa o reforma constitucional”, dice.
Según la lideresa Marcelo, los opositores al proyecto de ley han argumentado que su aprobación paralizaría las actividades extractivas y frenaría el desarrollo. Pero ella aclara que a lo que se apunta es “buscar alternativas hacia el buen vivir”, recuperando el conocimiento ancestral que por siglos permitió a los pueblos originarios vivir en armonía con la naturaleza.
“Las obras de infraestructura sin planificación ni consentimiento, como las carreteras, causan en la práctica extractivismo desmedido, narcotráfico, invasiones y tala ilegal en nuestras comunidades”, dice, una situación que en los últimos años ha llevado a que los casos socioambientales (64.9 %) lideren la lista de conflictos sociales más comunes en Perú.
En ese sentido, el excongresista Lenin Bazán explica que esta norma busca ofrecer un mejor marco de protección a nivel legal, judicial y en el diseño de políticas públicas para la gestión de la naturaleza. “El dictamen ofrece legitimidad para obrar, dota de nuevas competencias al Ministerio del Ambiente y establece prohibiciones, las que se acoplarán a las ya establecidas en cada sector involucrado”, explica.
“La importancia del proyecto va más allá de la cosmovisión indígena”, destaca la presidenta de ONAMIAP Melania Canales, “Cuando hablamos del territorio y del medioambiente nos referimos a todo ser humano. Todos tenemos derecho a vivir con salud y bienestar, pero si vamos destruyendo nuestro hábitat, nuestra casa grande, terminamos así, enfermos, como el mundo en pandemia”.
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